Una persona natural está obligada a declarar cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones al final del año gravable 2016, conforme al artículo 3 del Decreto 2105 de 2016 y sus modificaciones:
1. Empleados, trabajadores por cuenta propia y demás personas naturales con ingresos brutos superiores a: | $ 39,591,000 |
2. Personas naturales que posean un patrimonio bruto y/o consignaciones bancarias, depósitos o inversiones en el año igual o superior a: | $ 127,256,000 |
3. Consumos o compras con tarjetas de crédito por: | $ 79,181,000 |
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